Licencia de actividad para clínicas dentales
Las clínicas dentales son actividad sanitaria con peculiaridades: rayos X, esterilización, residuos biológicos y altos requisitos técnicos. Trámite exigente pero estandarizado.
Doble tramitación + rayos X
- Licencia municipal de actividad — local, accesibilidad, instalaciones.
- Alta REC (Registre de Centres Sanitaris) — clasifica como C.1 / C.2 según servicios.
- Inscripción del equipo de rayos X en el Consejo de Seguridad Nuclear y registro Generalitat.
Puntos críticos del proyecto
- Box dental — superficie mínima por gabinete, sillón anclado, ventilación.
- Sala de rayos — apantallamiento de plomo, señalización, distancia a zonas de personal.
- Zona de esterilización — circuito limpio/sucio, autoclave clase B.
- Almacén residuos — biosanitarios y punzantes en contenedores específicos.
- Sala de espera y recepción ventiladas.
- Accesibilidad universal — un box, el aseo y el itinerario accesibles.
Documentación
- Memoria de actividad y proyecto técnico.
- Documentación REC y titulaciones del personal.
- Proyecto de protección radiológica visado.
- Boletines eléctrico, climatización y aire comprimido.
- Plan de gestión de residuos sanitarios.
Plazos orientativos
- Proyecto completo: 4-6 semanas.
- Licencia municipal: 6-12 semanas.
- Alta REC: 2-4 meses.
- Autorización rayos X: 1-3 meses (en paralelo).
Preguntas frecuentes
¿Puedo abrir antes de tener el REC? No. La actividad sanitaria sin REC es ilegal y arriesgas inspección y sanción.
¿Necesito ortopantómico o solo intraoral? Cualquier equipo de rayos X requiere inscripción y proyecto de protección radiológica. El intraoral es más sencillo.
¿Vale un local de planta baja con vivienda arriba? Sí, pero hay que reforzar acústica y radio-apantallamiento donde estén los equipos de rayos.
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