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Licencia de actividad para clínicas dentales

Las clínicas dentales son actividad sanitaria con peculiaridades: rayos X, esterilización, residuos biológicos y altos requisitos técnicos. Trámite exigente pero estandarizado.

Doble tramitación + rayos X

  1. Licencia municipal de actividad — local, accesibilidad, instalaciones.
  2. Alta REC (Registre de Centres Sanitaris) — clasifica como C.1 / C.2 según servicios.
  3. Inscripción del equipo de rayos X en el Consejo de Seguridad Nuclear y registro Generalitat.

Puntos críticos del proyecto

  1. Box dental — superficie mínima por gabinete, sillón anclado, ventilación.
  2. Sala de rayos — apantallamiento de plomo, señalización, distancia a zonas de personal.
  3. Zona de esterilización — circuito limpio/sucio, autoclave clase B.
  4. Almacén residuos — biosanitarios y punzantes en contenedores específicos.
  5. Sala de espera y recepción ventiladas.
  6. Accesibilidad universal — un box, el aseo y el itinerario accesibles.

Documentación

  • Memoria de actividad y proyecto técnico.
  • Documentación REC y titulaciones del personal.
  • Proyecto de protección radiológica visado.
  • Boletines eléctrico, climatización y aire comprimido.
  • Plan de gestión de residuos sanitarios.

Plazos orientativos

  • Proyecto completo: 4-6 semanas.
  • Licencia municipal: 6-12 semanas.
  • Alta REC: 2-4 meses.
  • Autorización rayos X: 1-3 meses (en paralelo).

Preguntas frecuentes

¿Puedo abrir antes de tener el REC? No. La actividad sanitaria sin REC es ilegal y arriesgas inspección y sanción.

¿Necesito ortopantómico o solo intraoral? Cualquier equipo de rayos X requiere inscripción y proyecto de protección radiológica. El intraoral es más sencillo.

¿Vale un local de planta baja con vivienda arriba? Sí, pero hay que reforzar acústica y radio-apantallamiento donde estén los equipos de rayos.

¿Quieres abrir o regularizar tu local?

Te orientamos en una primera visita sin compromiso y te damos un presupuesto cerrado.

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