Licencia de actividad para industria
La actividad industrial es la más exigente: clasificada por anexos según impacto, requiere licencia ambiental, gestión de residuos y, a menudo, declaraciones específicas (DIA, AAI).
Clasificación
La industria se rige por la Llei 20/2009 de prevención y control ambiental:
- Anexo I — actividades con autorización ambiental integrada (AAI).
- Anexo II — licencia ambiental (la mayoría de actividades industriales medianas).
- Anexo III — comunicación con verificación ambiental.
Cada anexo cambia el trámite, plazos y documentación.
Puntos críticos del proyecto
- Sectorización contra incendios — RSCIEI (Reglamento Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales).
- Distancia a viviendas según ordenanza local y nivel de actividad.
- Gestión de residuos — clasificación, almacenamiento, autorización de gestor.
- Vertidos y emisiones — agua, aire, ruido. Estudio de impacto si procede.
- Eléctrico de alta potencia — proyecto en industria, transformador propio en muchos casos.
- Plan de emergencia y autoprotección — obligatorio según superficie y carga térmica.
Documentación
- Proyecto técnico industrial completo.
- Estudio de impacto ambiental si supera umbrales.
- Plan de autoprotección visado.
- Autorización de vertidos y residuos.
- Boletines y certificados de obra.
Plazos orientativos
- Proyecto: 3-6 meses.
- Licencia ambiental: 6-18 meses según anexo y municipio.
Preguntas frecuentes
¿Mi actividad es Anexo II o Anexo III? Depende de la actividad concreta y su capacidad productiva. Lo determinamos en la primera visita revisando el CNAE y el detalle del proceso.
¿Puedo simultanear actividad mientras tramito? Si es una ampliación de una actividad ya legal, sí. Si es nueva, debes esperar la licencia.
¿Necesito ingeniero industrial? Sí, los proyectos industriales requieren visado de Ingeniería Industrial (en muchos casos también Arquitectura para la obra).
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Te orientamos en una primera visita sin compromiso y te damos un presupuesto cerrado.
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